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domingo, 28 de abril de 2013

Cautelares contra los trabajadores

 Con la ley “de las medidas cautelares en las causas en la que es parte o interviene el Estado nacional”, con el argumento de que las mismas son utilizadas a su favor por “las corporaciones económicas”, que tienen recursos y “jueces amigos”, pone trabas y limitaciones no dirigidas específicamente hacia esos abusos, sino a todas las cautelares por igual. Es decir también a las medidas cautelares que podrían pretender los trabajadores y demás sectores de pocos recursos ante los abusos del Estado oligárquico-imperialista.
Pero no se queda ahí, sino que pone en el texto de la ley un artículo que va directamente contra el derecho de huelga o manifestación de los trabajadores, incluso a su simple anuncio. Se trata del artículo 17, llamado “Tutela urgente del interés público comprometido por la interrupción de los servicios públicos”, que dice:
“Cuando de manera actual o inminente se produzcan actos, hechos u omisiones que amenacen, interrumpan o entorpezcan la continuidad y regularidad de los servicios públicos o la ejecución de actividades de interés público o perturben la integridad o destino de los bienes afectados a esos cometidos, el Estado nacional o sus entidades descentralizadas que tengan a cargo la supervisión, fiscalización o concesión de tales servicios o actividades, estarán legitimados para requerir previa, simultánea o posteriormente a la postulacion de la pretensión procesal principal, todo tipo de medidas cautelares tendientes a asegurar el objeto del proceso en orden a garantizar la prestación de tales servicios, la ejecución de dichas actividades o la integridad o destino de los bienes de que se trate”.

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